En Resolución de 20 de febrero de 2008 aparece como sanción leve esta práctica, considerando a este mail promocional, con lo cual vulneraría la LSSI y duda del consentimiento del interesado – 3h de la LOPD.
«Recomienda esta página a un amigo». Si en su página web aparece esta fórmula de autopromoción, sepa que esta opción tiene los días contados, si no quiere recibir una multa. Según la Agencia Española de Protección de Datos esta práctica vulnera la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), que no prevé que se pueda enviar ningún mail con contenido publicitario o promocional.
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